La gestión del proceso de admisión de cada año se concreta en la Resolución cuyo objetivo general se explicita en su propio articulado, y es concretar las actuaciones que deberán llevarse a cabo para la correcta gestión del próximo proceso de admisión, tanto por el alumnado y familias participantes, como por los demás agentes con participación en el proceso (centros docentes, órganos periféricos, etc.).
RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2026, de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Equidad Educativa, por la que se concreta el proceso de admisión del alumnado en los centros docentes de la Comunidad de Castilla y León para cursar en el curso 2026-2027 enseñanzas de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y programas de formación para la transición a la vida adulta, sostenidas con fondos públicos de la Administración de Castilla y León.
Período ordinario: Desde el 17 de marzo al 8 de abril de 2026 (hasta las 14h).
La presentación de más de una solicitud para acceder a las mismas enseñanzas o su presentación fuera del plazo establecido dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad y se tramitará en el proceso ordinario con la puntuación de cero.
Solo en el supuesto de que se quiera optar a dos modalidades de bachillerato siendo una de ellas la de Artes, se podrán presentar dos solicitudes, una de cada modalidad, teniendo prioridad la de Artes sobre la otra.
La solicitud podrá enviarse a través de una aplicación web específica, e implica la autorización a la Administración educativa para realizar la verificación directa y/o electrónica de los datos de identidad, empadronamiento a través del Servicio de Verificación de datos de Residencia, y familia numerosa cuando hayan sido reconocidas por la Comunidad de Castilla y León, o trabajador de centro sostenido con fondos públicos cuando preste sus servicios en esta Comunidad. Siendo necesario la alegación + la autorización expresa en la verificación de datos de Renta y Discapacidad en el caso de ser necesario su baremo.
En la cumplimentación de la solicitud se deberán tener en cuenta los siguientes aspectos:
En el caso de alegar el domicilio familiar a efectos de baremo, deberá corresponder con aquel donde el alumnado solicitante de plaza escolar se encuentre empadronado y si es menor de edad donde esté el alumnado con al menos uno de sus progenitores o tutores, que deberá figurar como «solicitante 1».
El alumnado ACNEE (Alumnado con necesidades educativas especiales) deberá solicitar las plazas reservadas para su escolarización en los centros docentes. La ocultación de la necesidad educativa del alumnado podrá conllevar la pérdida de la plaza adjudicada.
La presentación de más de una solicitud para acceder a las mismas enseñanzas o su presentación fuera del plazo establecido dará lugar a la pérdida de los derechos de prioridad y se tramitará en el proceso ordinario con la puntuación de cero.
Sólo en el supuesto de que se quiera optar alternativa o simultáneamente a enseñanzas de régimen especial y de régimen general, o a dos modalidades de bachillerato siendo una de ellas la de Artes, se podrán presentar dos solicitudes, una de cada modalidad, teniendo prioridad la de Artes sobre la otra.
En el caso de que la solicitud no esté firmada por los dos progenitores, se deberá aportar la documentación pertinente que justifique tal circunstancia. De no acreditar la omisión de un segundo progenitor, la solicitud podrá no ser tramitada.
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se aportará la siguiente documentación:
En su caso:
LA SOLICITUD DEBERÁ SER PRESENTADA POR ALGUNO DE LOS SOLICITANTES QUE APARECEN EN LA SOLICITUD. EN EL CASO DE SER PRESENTADA POR OTRA PERSONA, ÉSTA DEBERÁ APORTAR FOTOCOPIA DEL DNI/NIE DE LOS SOLICITANTES EN LA QUE SE INCLUYA AUTORIZACIÓN ESCRITA DE ÉSTOS PARA PRESENTARLA EN SU NOMBRE
Modos de realizar la solicitud:
La presentación de solicitud de plaza escolar en el período ordinario será única para todos los centros docentes incluidos en este proceso de admisión y se realizará utilizando preferentemente el formulario web específico, este puede ser utilizado tanto si se dispone de certificado electrónico cómo sino se dispone de ello.
Para aquellos casos en los que no resulte posible el uso del formulario , en los centros docentes y en las direcciones provinciales de educación se dispondrá de solicitudes en formato impreso. Estas solicitudes se cumplimentarán manuscritas, firmarán y presentarán de forma presencial en el centro docente elegido como primera opción, junto con la documentación acreditativa que corresponda.
Los participantes dispondrán de la aplicación informática en línea «ADMA» de consulta ON-LINE del ciudadano en el proceso de admisión (enlace) , disponible en el Portal de Educación a través de: «Familias» / «Gestiones y Consultas» / «Aplicación Admisión Alumnos».
Los participantes que así lo hayan indicado en su solicitud podrán recibir información sobre el estado de la misma a través de mensajes SMS a su teléfono móvil.